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Preguntas frecuentes

En el plazo establecido al efecto el/la elector/a remitirá por correo certificado el sobre dirigido a la Mesa electoral en el que habrá introducido el certificado de inscripción en el censo electoral y el sobre de votación con la papeleta elegida, así como si lo desea, el impreso cumplimentado para la devolución de los gastos del envío.
Es indispensable que en el sobre dirigido a la Mesa electoral conste el matasellos u otra inscripción oficial de una Oficina de Correos del Estado correspondiente, a los efectos de certificar que se ha remitido dentro del plazo previsto.
Más información sobre la votación presencial.

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