¿Cómo está compuesta la Junta Electoral Provincial? - Elecciones 2023
¿Cómo está compuesta la Junta Electoral Provincial?
La Junta Electoral Provincial está compuesta por:
• Tres vocales, magistrados o magistradas de la Audiencia Provincial correspondiente. Elegirán de entre ellos/as al/a la Presidente/a de la Junta.
• Dos Vocales nombrados/as por la Junta Electoral Central entre catedráticos o catedráticas y docentes titulares de derecho o de ciencias políticas y de sociología o juristas de reconocido prestigio residentes en la provincia. La designación de estos/as vocales tendrá lugar una vez proclamadas las candidaturas.
Las personas que presidan las Juntas Electorales Provinciales estarán exclusivamente dedicadas a las funciones propias de sus respectivas Juntas Electorales desde la convocatoria de un proceso electoral hasta la proclamación de electos/as y, en su caso, hasta la ejecución de las sentencias de los procedimientos contenciosos, incluido el recurso de amparo previsto en el art. 114.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
El Secretario o la Secretaria de la Junta Provincial es el que ocupa la secretaría de la Audiencia respectiva, y si hubiera varias personas, la más antigua. Participa con voz, pero sin voto en las deliberaciones.
Los Delegados o las Delegadas Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, participan con voz pero sin voto en las Juntas Electorales Provinciales (arts.10 y 12 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).





