Una vez solicitado el voto por los/las españoles/as que se encuentren temporalmente en el extranjero, ¿cuándo recibe el/la elector/a la documentación necesaria para votar? - Elecciones 2023
Tras la recepción de la solicitud la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, una vez comprobada la inscripción del/de la interesado/a en el Registro de Matrícula Consular como no residente, considerará a todos los efectos como recibida la solicitud y enviará por correo certificado la documentación electoral.





