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Preguntas frecuentes

No. Sin embargo, en el supuesto de que cualquier integrante de la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana pretendiera concurrir a las elecciones, lo comunicará al/a la Presidente/a de la misma en el plazo de tres días desde la publicación del Decreto de Convocatoria electoral. Es decir, siendo la convocatoria de fecha 4 de abril, lo podrá comunicar hasta el 7 de abril. La sustitución, que se producirá en el plazo máximo de cuatro días mediante Decreto del Consejo, será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del día siguiente (arte. 17.3 Ley Electoral Valenciana).

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https://eleccions2023.gva.es/es/-/-puede-una-persona-integrante-de-la-junta-electoral-de-la-comunitat-valenciana-ser-candidato-a-en-las-elecciones-#167705495