INTRODUCCIÓN VOTO CERA

INTRODUCCIÓN VOTO CERA

Novedades voto CERA

La Ley Orgánica 12/2022, de 30 de septiembre, ha modificado el procedimiento de votación para las personas electoras inscritas en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (voto CERA), que se aplicará por primera vez en las elecciones de 28 de mayo de 2023, y cuyas principales novedades son:

- Eliminación del voto rogado: Sin necesidad de solicitarlo, se recibirá directamente en el domicilio de cada elector/a inscrito/a en el censo CERA toda la documentación necesaria.

- Se ponen a disposición de los electores CERA las papeletas en formato PDF para su descarga y utilización (a partir del 3 de mayo en esta misma página).

-Se habilitan nuevos centros de votación

- En todos los centros de votación existirán impresos (papeletas, sobres de votación y sobres de envío a las Juntas Electorales Provinciales).

En esta página dispone de toda la información necesaria para ejercitar su derecho al voto, así como también en las preguntas frecuentes específicas para esta modalidad.

Gratuidad del procedimiento

Gratuidad del procedimiento

Este procedimiento tendrá carácter gratuito para los/las electores/as. A tal efecto, se habilitarán apartados de Correos que permitan el envío sin coste de la documentación dirigida a las Oficinas Consulares de Carrera y Secciones Consulares de Misión Diplomática de España.


Allí donde la apertura de estos apartados de Correos no sea posible, se adoptarán los medios necesarios para garantizar el reembolso del coste del envío que haya tenido que realizar el/la elector/a.
 

 

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