INTRODUCCIÓN VOTO CERA

INTRODUCCIÓN VOTO CERA

Novedades voto CERA

La Ley Orgánica 12/2022, de 30 de septiembre, ha modificado el procedimiento de votación para las personas electoras inscritas en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (voto CERA), que se aplicará por primera vez en las elecciones de 28 de mayo de 2023, y cuyas principales novedades son:

- Eliminación del voto rogado: Sin necesidad de solicitarlo, se recibirá directamente en el domicilio de cada elector/a inscrito/a en el censo CERA toda la documentación necesaria.

- Se ponen a disposición de los electores CERA las papeletas en formato PDF para su descarga y utilización (a partir del 3 de mayo en esta misma página).

-Se habilitan nuevos centros de votación

- En todos los centros de votación existirán impresos (papeletas, sobres de votación y sobres de envío a las Juntas Electorales Provinciales).

En esta página dispone de toda la información necesaria para ejercitar su derecho al voto, así como también en las preguntas frecuentes específicas para esta modalidad.

¿A quién va dirigido?

¿A quién va dirigido?

Personas mayores de edad residentes en el extranjero inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). Para ello, deben estar inscritas como residentes en el Registro de Matrícula de la Oficina Consular que corresponda a la demarcación en la que tienen su domicilio.

En estas elecciones solo podrán ejercer su voto para las elecciones a Les Corts.

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